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Order (Auto)December 4, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Patiño Laba Lucia Y Otros·Respondent Ministerio De Defensa Y Otros

✓
Topic · hard data
Proceso De Responsabilidad Médica-Demanda Dirigida De Forma Concomitante Contra Personas De Derecho Privado Y Público-Fuero De Atracción-Régimen Especial De Seguridad Social En Salud De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Procesos derivados de la responsabilidad médica cuando de la acción u omisión de la entidad estatal se derive, al menos, una concausa eficiente del daño
Fuero De Atracción
  • Aplicación en asuntos donde concomitantemente figuren como demandadas personas de derecho privado y público
  • Alcance para alterar la competencia de la jurisdicción ordinaria
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 030 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado 002 Civil del Circuito de Bello-Antioquia, causado por una demanda en ejercicio del medio de contro de reparación directa presentada por unos ciudadanos, en contra de la Nación -Ministerio de Defensa- Policía Nacional- Clínica de la Policía Regional Valle de Aburrá y la Clínica Especializada Emmsa, para que, entre otros, reconozca y pague los perjuicios, por causa de la muerte de su familiar, por omisión en los procedimientos médicos.

Cumplidos los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera aplicar lo previsto por Auto 646/21, cuya regla contempla que, cuando una demanda se dirija, de forma concomitante, contra personas de derecho privado y público, como esta, se aplicará el fuero de atracción y, en consecuencia, se reconocerá competencia a la jurisdicción contencioso administrativa, únicamente, en los eventos donde, a partir de un análisis conjunto de los hechos, las pretensiones y las pruebas que obren en el expediente, logre advertirse que es posible inferir razonablemente la existencia de una probabilidad mínimamente seria de que las entidades públicas sean condenadas; el demandante imputó acciones u omisiones por parte de entes públicos y particulares, con suficientes fundamentos fácticos y jurídicos; y, los hechos que dieron origen a la demanda sean los mismos, de modo que, se pueda evidenciar que los dos sujetos, eventualmente, contribuyeron con su conducta a generar el resultado, y esta es la concausa eficiente del daño que se reclama o que fundamenta la responsabilidad solidaria.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 030 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado 002 Civil del Circuito de Bello-Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 030 Administrativo del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer del proceso judicial de la referencia.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-6115 al Juzgado 030 Administrativo del Circuito de Medellín para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.